Áreas de práctica

Asilo Afirmativo y Defensivo.


Si estás seguro de cumplir con los criterios de elegibilidad, te recomendamos buscar un abogado con licencia. En caso de que no tengas recursos para cubrir los gastos legales, podemos proporcionarte una lista de abogados pro bono y organizaciones señaladas por el Departamento de Justicia. Si no logras ser atendido por ellos o no recibes respuesta, podríamos ser una opción. Luego de recopilar toda la información y documentación necesaria conforme a la ley, podríamos enviar tu solicitud de asilo a donde corresponde.

Visa por Interés Nacional EB2 NIW.


El modo en que las personas quieren construir sus sueños, viene supeditado por la forma en que busquen la orientación necesaria para completar las metas necesarias en la consecución de esos sueños. Si eres un ciudadano extranjero que ha obtenido un título o su equivalente en el extranjero en un campo profesional, o si tienes una licenciatura y al menos 5 años de experiencia progresiva en tu campo, te invitamos a contactarnos, trabajamos con un excelente desarrollador profesional que se encargará de evaluar si eres apto para enviar este tipo de solicitud.

Autorización de empleo.


Si cumples con los requisitos necesarios para solicitar la autorización de empleo, podemos completar tu solicitud y enviarla correctamente. Para obtener un EAD hay que presentar el formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, a USCIS, junto con la documentación que demuestre la elegibilidad de la persona en función de su estatus migratorio o sus circunstancias específicas.

TPS, estatus de protección temporal.


TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere ningún otro estatus migratorio.
Con el TPS:  No serán removidos de Estados Unidos. Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD) y pueden obtener una autorización de viaje.

Parol Humanitario.


Nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, y sus familiares inmediatos, pueden solicitar venir a Estados Unidos de manera segura y ordenada. Los beneficiarios cualificados que se encuentran fuera de Estados Unidos y carecen de documentos de entrada al país pueden ser considerados, caso por caso, para una autorización adelantada para viajar y un período de permanencia temporal de hasta dos años por razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo.